En la valoración de los méritos se tendrá en cuenta la experiencia laboral o profesional, la formación previa y otros méritos que se deduzcan de su vida laboral. La experiencia laboral y profesional se valorará con una calificación numérica expresada con tres decimales no pudiendo ser superior, dicha calificación, a 8,000 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:

  • a. Por experiencia laboral acreditada en trabajos directamente relacionados con la titulación: 0,030 puntos por mes.
  • b. Por experiencia laboral acreditada en trabajos afines a la titulación: 0,015 puntos por mes.

La experiencia profesional se considerará acreditada únicamente si se aporta contrato o nombramiento con funciones y certificación oficial de periodos de cotización a sistemas públicos de previsión social.

La formación se valorará con una calificación numérica expresada con tres decimales no pudiendo ser superior, dicha calificación, a 1,000 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:

  • a. Por el título de Técnico de Formación Profesional o equivalente en ciclos formativos de grado medio directamente relacionados con la titulación: 1,000 puntos.
  • b. Por cursos de formación debidamente acreditados por Centros u Organismos Oficiales, cuyo contenido esté directamente relacionado con la titulación, a razón de 0,005 puntos por hora y hasta un máximo de 200 horas.

En el apartado de otros méritos se valorará el conocimiento de idiomas extranjeros. La puntuación total de este apartado no puede superar 1,000 puntos. Los interesados aportarán el correspondiente certificado y se valorará según la tabla adjunta (Anexo-1) y de acuerdo a la siguiente escala:

  • Nivel 1: 0,200 puntos
  • Nivel 2: 0,400 puntos
  • Nivel 3: 0,600 puntos
  • Nivel 4: 0,800 puntos
  • Nivel 5: 1,000 puntos

 Relaciones entre títulos de formación profesional superior y ramas de conocimiento de enseñanzas universitarias de grado., pinchar aquí.