Entra en vigor el reglamento de la Unidad de Igualdad de Género de la ULE

Este órgano velará por la no discriminación por razón de sexo y por la conciliación personal, laboral y familiar dentro de la comunidad universitaria.  

El Reglamento de la Unidad de Igualdad de la Universidad de León (ULE) ha entrado ya en vigor desde su publicación ayer en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL). La creación de este órgano responde al compromiso de la institución académica con “el reto de alcanzar una sociedad tolerante e igualitaria, en la que se respeten plenamente los derechos y libertades fundamentales”.

El Consejo de Gobierno del pasado 21 de junio aprobó la creación de la Unidad para la Igualdad, como instrumento al servicio de la comunidad universitaria y de la sociedad en general, en el empeño de conseguir la igualdad efectiva, especialmente entre hombres y mujeres, dando así cumplimiento a lo establecido en la legislación española. El objetivo principal de esta Unidad es favorecer políticas de igualdad en el seno de la institución académica; elaborar, desarrollar y evaluar planes de igualdad; promover la igualdad de género; asesorar a los órganos de gobierno y fomentar el conocimiento en la comunidad universitaria del alcance y significado del principio de igualdad mediante la formulación de acciones formativas.

La Unidad se constituye como una estructura organizativa que depende del Vicerrectorado de Responsabilidad Social, Cultura y Deportes y se dirige a participar en la elaboración, promoción y supervisión de las políticas de igualdad institucionales, particularmente en lo relativo al género. Dispondrá de recursos adecuados para el ejercicio de las atribuciones que le asigna su Reglamento y promoverá acciones y programas en favor de la equidad y la igualdad de oportunidades, especialmente entre mujeres y hombres.

También velará por la no discriminación del alumnado, así como del personal docente e investigador y del personal de administración y servicios en el ejercicio de su profesión y por la realización del principio de derecho de igualdad y el cumplimiento de la legislación vigente sobre igualdad efectiva entre mujeres y hombres, y no discriminación por razón de género o sexo, además de por el cumplimiento de la normativa legal vigente en materia de atención a las personas con discapacidad.

Según se recoge en el Boletín Oficial promoverá la transversalidad de género en todas las políticas universitarias e “impulsará la participación equilibrada de mujeres y hombres en los niveles de responsabilidad y, en particular, en la representación en los órganos de gobierno de la Universidad”. Entre sus objetivos también está favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de toda la comunidad universitaria y evaluar periódicamente la efectividad del principio de igualdad en los diversos ámbitos de actuación.