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Normativa

 

Solicitud de admisión

Para el curso 2022-2023, desde 22 abril de 2022 hasta el 24 de marzo de 2023, solicitud a través de Internet.

Requisitos generales de acceso a un programa de doctorado

Según el artículo 6 del R.D. 99/2011, de 28 de enero, pueden acceder quienes estén en posesión de:

  1. Títulos universitarios oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster, o equivalente, habiendo superado 300 ECTS en el conjunto de estas enseñanzas.
  2. Asimismo podrán acceder, quienes tengan:
    1. Título universitario oficial español, o del espacio Europeo de Educación Superior, que habilite para el acceso a Máster y hayan superado un mínimo de 300 ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que, al menos 60, habrán de ser de nivel de Máster.
    2. Título oficial español de Grado de al menos 300  ECTS. Dichos titulados deberán cursar con carácter obligatorio los complementos de formación a que se refiere el artículo 7.2, salvo que su título incluya créditos de formación en investigación, equivalentes en valor formativo a los procedentes de estudios de Máster.
    3. Titulo universitario y haber superado con evaluación positiva, en formación sanitaria especializada, al menos dos años de formación en alguna de las especialiadades en Ciencias de la Salud .
    4. Título de sistema educativo extranjero, sin necesidad de homologación, previa comprobación por la universidad de que acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor para el acceso a estudios de doctorado.
    5. Título español de doctor.
    6. Título universitario oficial que haya obtenido la correspondencia al nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior.

Según la Disposición adicional segunda del citado R.D. 99/2011 podrán acceder a un programa de doctorado aquéllos Licenciados, Ingenieros o Arquitectos que estuvieran en posesión del Diploma de Estudios Avanzados obtenido de acuerdo con lo dispuesto en el R.D. 778/1998, de 30 de abril o hubieran alcanzado la suficiencia investigadora regulada en el R.D. 185/85, de 23 de enero.

EQUIVALENCIAS DE CRÉDITOS Y VALORACIÓN DE NIVEL DE MÁSTER DE LOS TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES ESPAÑOLES OBTENIDOS CONFORME A ORDENACIONES UNIVERSITARIAS ANTERIORES A LA REGULADA POR EL REAL DECRETO 1393/2007, DE 29 DE OCTUBRE, A EFECTOS DE ACCESO A LOS PROGRAMAS DE DOCTORADO REGULADOS POR EL REAL DECRETO 99/2011, DE 28 DE ENERO.

NOTA ACLARATORIA

No es posible acceder a los estudios de doctorado con títulos propios de Máster o equivalentes.

 

Otras formas de acceso a un programa de doctorado

  • Grado en Veterinaria por la Universidad de León, adscrito al nivel 3 (Máster) del MECES.
  • Distintas titulaciones Eclesiásticas equivalentes a títulos oficiales de Máster Universitario de acuerdo a lo regulado en el Anexo I.II del R.D. 1619/2011, de 14 de noviembre.
  • Inspector del Cuerpo Nacional de Policia de acuerdo a lo regulado en la orden EDU/3125/2011, de 11 de noviembre.

 

Criterios de admisión

La Comisión Académica de un programa de doctorado podrá establecer requisitos y criterios adicionales para la selección y admisión de los solicitantes.

Se reservará el 5% de las plazas disponibles para estudiantes que, reuniendo los requisitos académicos, tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

 

Documentación obligatoria a aportar

Todos los documentos han de escanearlos y subidos a la aplicación de preinscripción.

  1. D.N.I./Pasaporte/N.I.E actualizados.
  2. Título de acceso al Máster.
  3. Certificado académico de la titulación de acceso al Máster.
  4. Título de acceso a doctorado o, en su defecto, certificación supletoria.
  5. Certificado académico de la titulación de acceso, con año de inicio y fin.
  6. Documentación que justifica la solicitud de tiempo parcial, en su caso.
  7. Breve curriculum vitae.
  8. En el supuesto de que ya tenga director de tesis, presentará un informe de aceptación firmado por el mismo.
  9. Las personas que accedan con un título de licenciado, arquitecto o ingeniero, con correspondencia a nivel 3 (Máster) pueden obtener el certificado en el siguiente enlace.
  10. En el caso de títulos expedidos en países ajenos al EEES, presentará el documento que acredite que en aquél país la titulación da acceso al doctorado.
  11. Los documentos académicos de acceso expedidos en países ajenos al EEES, se presentarán debidamente legalizados y traducidos, si procediera. Los documentos académicos de acceso expedidos en países del EEES, se presentarán traducidos de forma oficial.
  12. Los solicitantes con titulación obtenida en países ajenos al EEES presentarán, en el caso de ser admitidos y cuando se lo indique la Escuela de Doctorado, el justificante del ingreso de la tasa por evaluación del expediente del título extranjero para acceder al doctorado, que en el curso académico 2020-2021 asciende a 210,97 euros y cuyo ingreso realizarán en el siguiente número de cuenta de UNICAJA BANCO: UCJAES2M ES13 2103 4200 33 0032002531.

IMPORTANTE

Los solicitantes que hayan obtenido la titulación de acceso en la Universidad de León, presentarán, únicamente, la solicitud de admisión a través de internet, el DNI/pasaporte/NIE actualizado y un breve curriculum vitae, porque el resto de los documentos ya obran en poder de nuestra Universidad.

 

Documentación obligatoria que aportarán los aspirantes que accedan desde el R.D. 185/85, el R.D. 778/98 o posean un título de Doctor

  1. D.N.I./Pasaporte/N.I.E actualizados.
  2. Título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.
  3. Certificado académico personal de los estudios de doctorado realizados.
  4. En el supuesto de que ya supiera quién va a ser su director de tesis, presentará un informe de aceptación firmado por el mismo.
  5. Documentación que acredite la solicitud de tiempo parcial, en su caso.
  6. Breve curriculum vitae.

IMPORTANTE

Los solicitantes que accedan con Suficiencia Investigadora o DEA obtenido en la Universidad de León presentarán, únicamente, la solicitud de admisión a través de internet, el DNI/pasaporte/NIE actualizado y un breve curriculum vitae. En los casos cuya documentación académica de acceso esté expedida en países ajenos al EEES, y en su día, no la hayan presentado debidamente legalizada y traducida, si procediera, deberán aportarla.

 

Legalización de documentos académicos extranjeros

  • Serán oficiales y estarán expedidos por las autoridades competentes, de acuerdo con el ordenamiento jurídico del país de que se trate.
  • Se presentarán legalizados por vía diplomática o, en su caso, mediante la apostilla del Convenio de La Haya.
  • Irán acompañados, si procede, de su correspondiente traducción oficial al castellano, que podrá realizarse de las siguientes formas:
    1. Por traductor jurado, debidamente autorizado o inscrito en España.
    2. Por traductor no inscrito en España, legalizada por el Ministerio de Asuntos Exteriores del país al que pertenezca  y por la Embajada o Consulado de España en ese país.
    3. Por cualquier Representación diplomática o consular del Estado Español en el extranjero.
    4. Por la representación diplomática o consular en España del país de que es ciudadano el solicitante o, en su caso, del de procedencia del documento.

No es necesaria la legalización de los documentos expedidos por las autoridades de los Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Sin embargo, sí presentarán la traducción al castellano.