Acuerdo del Consejo de Gobierno del 30 de junio de 2023 por el que se aprueba la Normativa de matrícula para el curso 2023/2024 para los Estudios Oficiales de Doctorado
Índice
- Estudiantes que continúan estudios
- Estudiantes que comienzan sus estudios
- Matrícula en los complementos de formación específica
- Cuestiones de interés para formalizar la matrícula
- Otras cuestiones de interés que deben conocer los estudiantes
1. Estudiantes que continúan estudios
Matrícula: del 2 de octubre al 15 de noviembre de 2023, ambos inclusive. Se realizará a través de la PLATAFORMA DE GESTIÓN DE ESTUDIOS DE DOCTORADO. (¡¡Novedad!!)
2. Estudiantes que comienzan sus estudios
Matrícula: plazo indicado en la resolución de admisión, en la Escuela de Doctorado.
3. Matrícula de los complementos de formación específica
Los solicitantes a los que la Comisión Académica les haya asignado complementos de formación específica en un Máster de la Universidad de León, formalizarán la matrícula de los mismos en el Centro correspondiente, en el primero de los plazos que sea posible, es decir, julio o septiembre.
Si los complementos de formación específica consistieran en realizar cursos ofertados por la Comisión Académica del programa de doctorado, los estudiantes realizarán la matrícula en la Escuela de Doctorado.
Los complementos de formación específica tendrán, a efectos de precios públicos y de concesión de becas y ayudas al estudio, la consideración de formación de nivel de doctorado.
Cuando estos complementos supongan una dedicación igual o superior a 30 ECTS durante un curso académico, dicho curso no computará a efectos de la duración máxima de los estudios de doctorado.
4. Cuestiones de interés para formalizar la matrícula
Eficacia de la matrícula
La eficacia de la matrícula se halla condicionada a la revisión de la documentación aportada y a la acreditación del cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa.
Precios públicos
Decreto de la Junta de Castilla y León por el que se fijan los precios para el curso 2023/2024
Abono de las matrículas
El sistema preferente de pago es la domiciliación bancaria, por lo que, al formalizar la matrícula, indicará el código IBAN y el número de cuenta (20 dígitos) para realizar el cargo. La cuenta ha de estar abierta en una entidad bancaria ubicada en España.
Formas de pago:
- Pago único: 100 % del importe total de la matrícula y de los servicios complementarios. Obligatorio para los estudiantes que se matriculen a partir del momento en que haya terminado el primer plazo.
- Pago fraccionado: abonando en el primer plazo la cuantía del 50 % del importe de la matrícula y el 100 % de los servicios complementarios (apertura de expediente, si procediera, carné universitario y seguro escolar). En el segundo plazo se abonará el otro 50 % del importe de la matrícula.
Las fechas previstas por la Universidad de León para efectuar el cargo del importe de la matrícula por domiciliación bancaria en el número de cuenta que haya indicado el estudiante al realizar la misma son las siguientes:
- Día 18 de diciembre de 2023 para las matrículas realizadas hasta las 14:00 horas, cuyo pago sea único y para el primer plazo de aquellas en que los interesados hayan elegido el pago fraccionado.
- Día 28 de febrero de 2024 para las matrículas formalizadas desde las 14:00 horas del 18 de diciembre de 2021 hasta el 28 de febrero de 2022, cuyo pago sea único y para el segundo plazo de los que hayan elegido pago fraccionado.
Todas las matrículas formalizadas una vez que se haya tramitado la remesa de los cargos, se abonarán con pago único y directamente en la siguiente cuenta de España Duero (UNICAJA) UCJAES2M ES13 2103 4200 33 0032002531, disponiendo de cinco días hábiles para entregar el justificante de abono en la Escuela de Doctorado.
Carné universitario
Los estudiantes, formalizada la matrícula, podrán solicitar el carné universitario utilizando la aplicación específica:carne.unileon.es.
Normativa del carné universitario.
Seguro Escolar
Los estudiantes menores de 28 años se acogerán a la normativa vigente en cuanto al régimen especial del seguro escolar.
Para mayor información puede acceder a la página web del Ministerio de Empleo y Seguriad Social
Enlace a la solicitud de prestación del seguro escolar
Los estudiantes mayores de 28 años deben justificar su inclusión en el sistema español de Seguridad Social o contratar el seguro “Oncampus Studia”. También podrán contratar este seguro los menores de 28 que deseen ampliar las coberturas del seguro escolar.
La información completa la encontrará en el siguiente enlace: http://www.unileon.es/estudiantes/estudiantes-master/matricula/otros-datos-interes#seguroobligatorio
Impago de la matrícula
El Decreto por el que se fijan los precios públicos por servicios académicos en las Universidades Públicas de Castilla y León para cada curso académico regula las consecuencias que pudieran derivarse del impago parcial o total de la matrícula y faculta a las universidades para exigir el pago de los importes pendientes y, en su caso, los intereses de demora, como condición previa a la formalización de nuevas matrículas o a la obtención de otros servicios complementarios.
Asimismo, esta Universidad ha suscrito un convenio de colaboración con la Consejería de Hacienda de la Junta de Castilla y León, para la recaudación, por vía ejecutiva, de los precios públicos por servicios académicos en estudios universitarios oficiales y por servicios complementarios.
Exenciones y bonificaciones de precios públicos
En el Decreto por el que se fijan los precios públicos por servicios académicos en estudios universitarios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y por servicios complementarios en las universidades públicas de Castilla y León para cada curso académico , se regulan exenciones y bonificaciones para los siguientes supuestos:
1.- Estudiantes con discapacidad
Exención para estudiantes con discapacidad en los términos previstos en al artículo 4 del R.D. Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, acreditándolo documentalmente.
2.- Víctimas de actos de terrorismo
Exención para víctimas de actos de terrorismo, conforme al artículo 38 de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo, acreditando su condición conforme a los dispuesto en el artículo 4 bis, apartado 3, de la Ley 32/1999, de 8 de octubre, de Solidaridad con las Víctimas del Terrorismo.
3.- Estudiantes miembros de familias numerosas
Exención para miembros de familias numerosas de categoría especial y bonificación del 50% para familias numerosas de general , conforme a la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas, acreditado conforme al artículo 2 del R.D. 1621/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre.
4.- Víctimas de violencia de género
Exención para víctimas de violencia de género de acuerdo a lo establecido en los artículos 1 y 7 de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la violencia de género en Castilla y León.
En los cuatro supuestos anteriores, deberán abonar, obligatoriamente, el importe del seguro escolar, si son menores de 28 años, o formalizar el seguro "Oncampus Studia" o justificar la inclusión en el Sistema de la Seguridad Social, si son mayores de 28 años.
Ayudas para contratos predoctorales
Otorgan derecho a no abonar los precios públicos de la matrícula las siguientes convocatorias de ayudas:
1.-Del Ministerio de Educación y Formación Profesional; Subprograma de Formación y Movilidad, dentro del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad (Ayudas FPU).
La bonificación del importe de la matrícula estará condicionada:
- A lo regulado en cada convocatoria.
- A que el estudiante autorice a la Universidad de León a solicitar ante el organismo correspondiente la compensación del importe no abonado.
- A que el organismo que concede la ayuda compense a la Universidad de León el importe de los precios públicos no percibidos.
2.- Del Ministerio de Economía y Competitividad; Subprograma Estatal de Formación y en el Subprograma Estatal de Movilidad, en el Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad (Ayudas F.P.I.).
Si el importe de la matrícula durante el periodo de vigencia del contrato superase la cantidad asignada por el organismo para este concepto, el investigador abonará la diferencia.
5. Otras cuestiones de interés que deben conocer los estudiantes
Correo electrónico
Al formalizar la matrícula se genera para cada estudiante una dirección de correo electrónico del tipo @estudiantes.unileon.es, siendo necesario comprobar la nueva dirección generada en el siguiente enlace http://estudiantes.unileon.es/ y acceder a través de “activar contraseña”.