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Guia docente | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
DATOS IDENTIFICATIVOS | 2019_20 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Asignatura | TRABAJO FIN DE GRADO | Código | 00605070 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Enseñanza |
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Descriptores | Cr.totales | Tipo | Curso | Semestre | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
6 | Obligatoria | Trabajo fin carrera | Segundo |
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Idioma | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Prerrequisitos | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Departamento | DERECHO PRIV. Y DE LA EMPRESA |
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Responsable |
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Correo-e | hdieg@unileon.es mrmarb@unileon.es |
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Profesores/as |
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Web | http:// | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Descripción general | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Tribunales de Revisión |
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Competencias |
Código |
Resultados de aprendizaje |
Resultados | Competencias | ||
El Trabajo de fin de Grado (TFG) consiste en un trabajo autónomo e individual que cada estudiante realizará bajo la orientación de un tutor (quien actuará como dinamizador y facilitador del proceso de aprendizaje) y le permitirá mostrar de forma integrada los contenidos formativos recibidos y las competencias adquiridas asociadas al título de Grado. |
Contenidos |
Bloque | Tema |
1.- Portada 2.- Índice 3.- Abstract y resumen de unas 200 palabras del trabajo presentado 4.- Objeto del trabajo: definición de los objetivos que se persiguen, del problema planteado o de las aplicaciones prácticas del mismo. No más de tres páginas. 5.- Descripción de la metodología de investigación utilizada. No más de tres páginas. 6.- Trabajo propiamente dicho 7.- Conclusiones 8.- Bibliografía utilizada y, en su caso, anexos. Dada la profunda multidisciplinariedad de Grado, el trabajo será presentado en el formato que mejor se adecúe a su naturaleza (experimental, de revisión e investigación bibliográfica, de carácter profesional u otros). Tendrá una extensión mínima de 40 páginas y máxima de 50 (interlineado 1,5 y tamaño de fuente Times New Roman 12 para el cuerpo del texto y Times New Roman 10 para las notas a pie de página). |
Planificación |
Metodologías :: Pruebas | |||||||||
Horas en clase | Horas fuera de clase | Horas totales | |||||||
Trabajos | 0 | 149 | 149 | ||||||
Sesión Magistral | 0 | 0 | 0 | ||||||
Pruebas orales | 0 | 1 | 1 | ||||||
(*)Los datos que aparecen en la tabla de planificación són de carácter orientativo, considerando la heterogeneidad de los alumnos |
Metodologías |
descripción | |
Trabajos | Propuesta del trabajo fin de Grado El tema del trabajo de fin de Grado deberá ser convenido por el alumno con el Tutor del Trabajo asignado por la Comisión de TFG entre los profesores con docencia en el Grado (y transitoriamente, mientras se implanta en su totalidad, con docencia en las titulaciones que han dado origen al mismo). También podrá acordarse previamente entre alumno y profesor para su posterior aprobación por dicha Comisión. No se admitirá la defensa de ningún trabajo que no cuente con el VºBº del Tutor, para lo cual se utilizará el modelo habilitado al efecto por la Comisión TFG (Anexo 2). Junto con este informe el alumno deberá entregar tres ejemplares a la Comisión Evaluadora con una antelación mínima de 48 horas. |
Sesión Magistral |
Tutorías |
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Evaluación |
descripción | calificación | ||
Otros | Defensa pública ante tribunal | ||
Otros comentarios y segunda convocatoria | |||
Fuentes de información |
Acceso a la Lista de lecturas de la asignatura |
Básica | |
Complementaria | |
Recomendaciones |
Otros comentarios | |
De acuerdo con el art. 8.1 de la RESOLUCIÓN de 15 de diciembre de 2015, del Rectorado de la Universidad de León, por la que se ordena la publicación de la modificación del Reglamento sobre Trabajos Fin de Grado de la Universidad de León (BOCYL, núm. 246, 23 de diciembre de 2015), “la presentación de los TFG requiere que el estudiante haya superado el resto de las asignaturas que conforman el plan de estudios”. De ahí que se recomiende al alumno que, a la hora de formalizar su matrícula, tenga en cuenta esta previsión, teniendo en cuenta, además que, conforme a lo dispuesto en el art. 7.2 de esta misma Resolución, esa matrícula da “derecho al estudiante a presentarse exclusivamente a las dos convocatorias oficiales fijadas en cada curso académico de conformidad con lo previsto en el calendario escolar”. |