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- Las cantidades a percibir por gastos de desplazamiento se asignarán teniendo en cuenta las distancias kilométricas que figuran en la página web: Distancias Kilométricas. Siempre que se utilicen vehículos propios, se deberá justificar adecuadamente la necesidad de la utilización de más de un vehículo.
- Una vez finalizado el Congreso, Estancia Corta o Curso, los beneficiarios de las ayudas dispondrán de un plazo de 30 días naturales para presentar la documentación justificativa mencionada en los apartados correspondientes; en caso de incumplirse este plazo, el Vicerrectorado entenderá que se renuncia a la Ayuda. Para el cómputo de los 30 días naturales no se tendrán en cuenta los días correspondientes a las vacaciones de Navidad, Semana Santa y verano fijadas, con carácter general, en el calendario oficial de la ULE para el PDI.
- La cantidad máxima a percibir por persona y año será de MIL (1.000) € por el total de asistencias a Congresos, Cursos y Estancias de Corta duración en otros Centros de Investigación.
- Las cantidades asignadas a cada solicitud podrán financiar total o parcialmente los gastos realizados de acuerdo con el crédito disponible que figure en el presupuesto de la Universidad.
- Los beneficiarios de las Ayudas para Congresos, Cursos, y Estancias de Corta duración, podrán percibir un máximo de dos ayudas por año.
- Sólo podrán acogerse a estas Ayudas las solicitudes para Master de Investigación conducentes al doctorado.
- Para acogerse a las ayudas previstas en esta normativa será necesario tener actualizado el Currículum en el programa de gestión de la investigación UXXI: investigación.
- El incumplimiento de las normas recogidas en este documento será causa automática de la pérdida de la ayuda concedida, implicando la devolución al Vicerrectorado de los adelantos percibidos en su caso.
- Las discrepancias que pudieran derivarse de la interpretación de estas normas y de su aplicación serán resueltas por el Vicerrector de Investigación.