Índice

  1. Normativa reguladora
  2. Elaboración de la tesis doctoral
  3. Idioma de la tesis doctoral
  4. Formato de la tesis doctoral
  5. Modalidades de tesis doctoral
  6. Modalidad ordinaria
  7. Modalidad por compendio de publicaciones
  8. Tesis en las que concurren circunstancias excepcionales de confidencialidad
  9. Mención Doctorado internacional
  10. Mención Doctorado industrial
  11. Tesis en régimen de cotutela internacional
  12. Control de la originalidad de la tesis doctoral y respeto a la Normativa de Propiedad Intelectual e Industrial y en materia de plagio
  13. Depósito y exposición pública de la tesis doctoral
  14. Procedimiento para realizar el depósito de la tesis doctoral en formato electrónico
  15. Procedimiento para realizar el depósito de la tesis doctoral en formato impreso
  16. Propuesta de expertos
  17. Admisión a trámite de la tesis
  18. Constitución del tribunal
  19. Actuación de un miembro del tribunal por videoconferencia
  20. Abono del precio público de la lectura de tesis
  21. Exposición y defensa de la tesis
  22. Evaluación y calificación de la tesis
  23. Mención cum laude
  24. Remisión de la documentación a la Escuela de Doctorado
  25. Archivo en formato electrónico de la tesis doctoral. Ficha TESEO
  26. Publicación de la tesis en la Universidad de León
  27. Procedimiento para solicitar el título de doctor y suplemento europe al título (S.E.T)
  28. Procedimiento para solicitar el duplicado del título de doctor y/o del S.E.T.

 

1. Normativa reguladora

Enlace a la normativa

A. Para los doctorandos matriculados, por primera vez, en el curso académico 2016-2017 y anteriores:

Conforme a la disposición transitoria de la Normativa para la Defensa de la Tesis Doctoral en la Universidad de León, aprobada por Consejo de Gobierno de 9 de noviembre de 2017, a los doctorandos matriculados con anterioridad al curso académico 2017-2018 les serán de aplicación las normas para la presentación y defensa de la tesis doctoral contenidas en el “Reglamento de las enseñanzas oficiales de doctorado y del título de doctor de la Universidad de León”, aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de septiembre de 2012.

B. Para los doctorandos matriculados, por primera vez, a partir del curso académico 2017-2018:

Conforme a la disposición final segunda de la Normativa para la Defensa de la Tesis Doctoral, a los doctorandos matriculados por primera vez a partir del curso académico 2017-2018, les serán de aplicación las normas para la presentación defensa de la tesis doctoral contenida en esta normativa. Normativa para la defensa de la tesis doctoral en la Universidad de León.

 

2. Elaboración de la tesis doctoral

La tesis consistirá en un trabajo original de investigación en cualquier campo del conocimiento que se enmarcará en alguna de las líneas de investigación del programa de doctorado en el que ha sido admitido.

Con el fin de garantizar la originalidad y el respeto a los derechos de propiedad intelectual o industrial de terceros, los doctorandos deberán presentar firmada, en papel o incluida como anexo en la aplicación para el depósito de tesis doctorales, una declaración responsable de originalidad y respeto a los derechos de terceros cuyo modelo pueden encontrar en el apartado "Impresos".

 

3. Idioma de la tesis doctoral

A. Para los doctorandos matriculados, por primera vez, en el curso académico 2016-2017 y anteriores:

La tesis doctoral podrá ser desarrollada y, en su caso, defendida, en los idiomas habituales para la comunicación científica en su campo de conocimiento. Si la redacción de la tesis se realiza en otro idioma, deberá incluir un resumen en castellano, que deberá tener una extensión mínima de 25 hojas, de los capítulos o publicaciones previas de que conste, además del índice y de las conclusiones.

B. Para los doctorandos matriculados, por primera vez, a partir del curso académico 2017-2018:

En caso de presentarse en un idioma distinto del castellano, si no se solicita la mención "Doctorado Internacional", deberá incluir un resumen en castellano, avalado por el director o los directores, que contemple el índice, los objetivos, la metodología, los principales resultados y las conclusiones del trabajo, con una extensión mínima de 25 hojas.

 

4. Formato de la tesis doctoral

A. Para los doctorandos matriculados, por primera vez, en el curso académico 2016-2017 y anteriores:

La memoria de la tesis y su formato deben respetar las normas y procedimientos establecidos en el Reglamento de las enseñanzas oficiales de doctorado y del título de doctor de la Universidad de León, aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de septiembre de 2012.

B. Para los doctorandos matriculados, por primera vez, a partir del curso académico 2017-2018:

La memoria de la tesis y su formato deben respetar las normas y procedimientos establecidos en la Normativa para la Defensa de la Tesis Doctoral en la Universidad de León, aprobada por acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de noviembre de 2017, modificada el 16 de julio de 2021.

De manera general, el doctorando podrá utilizar libremente cualquier logotipo oficial de la Universidad de León en la redacción de la memoria de la Tesis, contemplado en el Manual de Identidad Corporativa. Identidad Visual Corporativa.

 

5. Modalidades de tesis doctoral

En la Universidad de León se contemplan dos modalidades de tesis:

a) Ordinaria.

b) Por compendio de publicaciones.

 

6. Modalidad ordinaria

A. Para los doctorandos matriculados, por primera vez, en el curso académico 2016-2017 y anteriores:

No existen exigencias específicas para esta modalidad.

B. Para los doctorandos matriculados por primera vez a partir del curso académico 2017-2018:

La memoria de la tesis deberá incluir título, índice, introducción, revisión bibliográfica, un cuerpo formado por capítulos bien diferenciados, resumen, conclusiones y bibliografía. El cuerpo fundamental será de autoría única y no podrá conformarse como una agregación de publicaciones científicas, independientemente de que estas se puedan añadir como anexos.

Se presentará al menos una aportación relacionada con la tesis que cumpla alguno de los criterios de la ANECA para el reconocimiento de tramos de investigación en el área de conocimiento (artículos, capítulo de libro, libro o monografía, patente, etc…).

Una aportación solo podrá avalar una tesis y deberá incluir como firmantes al o a los directores. Además, se presentará la renuncia expresa del resto de los coautores que no sean doctores a utilizar la misma aportación para avalar otra tesis, en el impreso correspondiente que figura en el apartado impresos. Excepcionalmente, la Escuela de Doctorado, a petición del Director, valorará situaciones especiales en las cuales la aplicación de este apartado no sea factible.

En esta modalidad, el doctorando, al subir a la plataforma para la Gestión de los Estudios de Doctorado el PDF con la memoria de la tesis doctoral, deberá subir, además, otro PDF en el que se sustituyan la o las aportaciones que avalen la tesis, por un resumen y el/los D.O.I. u otro localizador similar en internet.

 

7. Modalidad por compendio de publicaciones

A. Para los doctorandos matriculados, por primera vez, en el curso académico 2016-2017 y anteriores:

La tesis doctoral podrá consistir en la recopilación en una memoria de varios trabajos de investigación publicados por el doctorando en medios científicos relevantes en su ámbito de conocimiento. En esta modalidad se deberá cumplir los siguientes requisitos:

- Los artículos que configuren la tesis doctoral deberán estar publicados o aceptados con fecha posterior a la obtención de la titulación que ha habilitado al interesado para acceder al programa, no podrán haber sido utilizados en ninguna tesis anterior y se deberá hacer mención a la Universidad de León a través de la afiliación del doctorando.

- Si la publicación ha sido realizada por varios autores, además del doctorando, se debe adjuntar la declaración de los restantes autores de no haber presentado dicha publicación en otra tesis doctoral o la renuncia a hacerlo. Los coautores señalarán el trabajo del doctorando en la realización de las mencionadas obras.

- La tesis deberá estar integrada por un título, resumen, introducción, objetivos, metodología, resultados, conclusiones y bibliografía, los artículos que la componen, bien constituyendo capítulos de la misma, o bien como Anexo.

- La Comisión Académica del programa de doctorado podrá establecer el número mínimo de artículos necesarios para presentar una tesis en esta modalidad y las condiciones adicionales sobre la calidad de los trabajos. Estos requisitos deberán ser aprobados por el Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado.

B. Para los doctorandos matriculados, por primera vez, a partir del curso académico 2017-2018:

El candidato deberá aportar un mínimo de tres artículos científicos que hayan sido aceptados o publicados y que cumplan con los criterios de la ANECA para el área de conocimiento siempre que dichas publicaciones merezcan la consideración de trabajos originales elaborados por el mismo.

Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, la Comisión académica de cada programa podrá establecer el número mínimo de artículos y las condiciones adicionales sobre la calidad de los trabajos, requisitos que deberán ser aprobados por el Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado y publicados en la web.

Dichos trabajos no podrán utilizarse en ninguna otra tesis doctoral.

La memoria de la tesis que siga esta modalidad deberá incluir título, índice, introducción, objetivos, un cuerpo formado por los distintos artículos, conclusiones, resumen y bibliografía. Los artículos deberán incluirse completos en la memoria, con la referencia expresa de la publicación y con los nombres y la filiación de todos sus autores.

En la valoración de las tesis se considerará especialmente la coherencia y la conexión temática de la investigación subyacente a las publicaciones. Por lo tanto, la introducción deberá ser suficientemente extensa y justificar la relación temática de las publicaciones y la relevancia de su aportación conjunta, describiendo los objetivos globales perseguidos por la investigación y la metodología empleada.

Se aportará, utilizando los modelos oficiales establecidos por la Escuela de Doctorado, una declaración responsable firmada por director/es y doctorando/a declarando que los coautores han aceptado la presentación de las publicaciones seleccionadas como parte de esta tesis y declarado que no han sido incluidas en otra tesis por compendio. Asimismo, en el caso de coautores que no sean doctores se presentará un escrito firmado por los mismos renunciando a la presentación de dichas publicaciones para avalar su tesis doctoral o como parte de la misma. Excepcionalmente la Escuela de Doctorado, a petición del director de la tesis, valorará las situaciones especiales en las que dicho escrito pueda omitirse.

En esta modalidad, el doctorando, al subir a la plataforma para la Gestión de Estudios de Doctorado el PDF con la memoria de la tesis doctoral, deberá subir, además otro PDF en el que se sustituyan los artículos científicos por un resumen y el/los D.O.I. u otro localizador similar en internet.

La documentación a presentar debe realizarse en los modelos establecidos en el apartado "Impresos".

 

8. Tesis en las que concurren circunstancias excepcionales de confidencialidad

A. Para los doctorandos matriculados, por primera vez, en el curso académico 2016-2017 y anteriores:

Cuando la naturaleza de la tesis doctoral no permita su reproducción, como es el caso de patentes derivadas del trabajo realizado, el requisito de la entrega de ejemplares quedará cumplido con el depósito en la secretaría de la Escuela de Doctorado el original en papel de la tesis y de las certificaciones del director, de la Comisión Académica y, en su caso, de los responsables de empresas implicadas en la patente.

B. Para los doctorandos matriculados, por primera vez, a partir del curso académico 2017-2018:

1. Tanto en la modalidad ordinaria como en la de compendio de publicaciones, si concurren circunstancias excepcionales, como pueden ser la participación de empresas en el proyecto de la tesis, la existencia de convenios de confidencialidad con empresas o la posibilidad de generación de patentes que versen sobre el contenido de la tesis, se podrán omitir las referencias a dichos contenidos en el acto de lectura y defensa, previa autorización de la comisión académica del programa de doctorado, según el procedimiento que se establece a continuación:

a) El doctorando colgará en la plataforma junto con el pdf de la tesis, una solicitud firmada por el director o directores en la que se incluirá:

- El origen público o privado de la financiación del trabajo de investigación que da lugar a la tesis.

- La existencia de convenios o contratos que contengan cláusulas de confidencialidad sobre los resultados u otros aspectos de la tesis.

- La existencia de resultados de la tesis que sean patentables o se quiera proteger como secreto industrial

b) La comisión académica emitirá informe sobre dichos aspectos y lo colgará en la plataforma, proponiendo una resolución sobre la omisión de los datos y aspectos sensibles que se podrán suprimir en la defensa pública y en la publicación de la tesis.

2. La comisión académica podrá solicitar el apoyo técnico de la Oficina de Transferencia de Resultados de investigación (O.T.R.I.) u órgano equivalente de la Universidad de León.

3. En las tesis en las que concurran las circunstancias a las que se refiere el presente artículo, el doctorado, al subir a la plataforma para la Gestión de Estudios de Doctorado el PDF con la memoria de la tesis doctoral, deberá subir, además, otro PDF omitiendo los aspectos confidenciales.

C. Solicitudes

En ambos casos, los impresos a utilizar los puede encontrar en el apartado "Impresos".

 

9. Mención Doctorado Internacional en el título de Doctor

NORMATIVA REGULADORA DE LAS ESTANCIAS DE INVESTIGACIÓN REQUERIDAS PARA LA MENCIÓN INTERNACIONAL DEL TÍTULO DE DOCTOR EN EL PERIODO DE CRISIS DE LA COVID-19

1. El título de Doctor incluirá la mención «Doctorado internacional» siempre que concurran las circunstancias establecidas en el artículo 15 del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, y según el acuerdo del Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado de 12 de marzo de 2019:

a) Que, durante el periodo de formación necesario para la obtención del título de Doctor, el doctorando haya realizado una estancia mínima de tres meses fuera de España, cursando estudios o realizando trabajos de investigación, en una institución de enseñanza superior o centro de investigación de prestigio de un país distinto de los países a los que pertenecen las universidades participantes en el programa de doctorado y del país de residencia del doctorando/a.

b) En casos debidamente justificados se admitirán varias estancias cuya suma sea igual o superior a 3 meses, siempre y cuando cada una de ellas tenga al menos una duración de 1 mes.

c) La estancia y las actividades han de ser avaladas por el director y autorizadas por la comisión académica y se incorporarán al documento de actividades del doctorando.

d) Que, parte de la tesis doctoral, al menos el resumen y las conclusiones, se haya redactado y presentado en una de las lenguas habituales para la comunicación científica en su campo de conocimiento, distinta a cualquiera de las lenguas oficial o cooficiales de España. Esta norma no será de aplicación cuando las estancias, informes y expertos procedan de un país de habla hispana.

e) Que, la tesis haya sido informada por un mínimo de dos expertos doctores pertenecientes a alguna institución de Educación Superior o instituto de investigación no españoles, con el título de Doctor, y distintos del responsable de la estancia mencionada en el párrafo a), haya formado parte del tribunal evaluador de la tesis.

f) Que, al menos un experto perteneciente a alguna institución de Educación Superior o centro de investigación no españoles, con el título de Doctor, y distinto del responsable de la estancia mencionada en el párrafo a), haya formado parte del tribunal evaluador de la tesis.

2. El experto perteneciente a institución de Educación Superior o centro de investigación no españoles que forme parte del tribunal evaluador debe ser distinto a los expertos que han emitido los informes. La Escuela de Doctorado, en aras de un ahorro económico, podrá autorizar que este Doctor pueda actuar por videoconferencia.

3. La defensa pública de la tesis tendrá lugar en la Universidad de León, con la salvedad contemplada en el artículo 8 de la Normativa para la Defensa de la Tesis Doctoral en la Universidad de León, para tesis en régimen de cotutela.

4. El Secretario del tribunal certificará que la defensa de la tesis se ha realizado cumpliendo la normativa sobre la mención de “Doctorado Internacional”.

Los doctorandos o doctorandas que deseen realizar una estancia, para la obtención de la mención "Doctorado internacional", deberán solicitar autorización a la Comisión Académica de su Programa de Doctorado. Para ello, remitirán a la Escuela de Doctorado su solicitud en el modelo que figura en el apartado impresos, y que pueden obtener a través del siguiente enlace:

Solicitud de autorización para realizar una estancia

El certificado de cumplimiento de los requisitos, en la defensa de la tesis, para obtener esta mención "Doctorado Internacional" debe seguir el modelo establecido en el apartado "Impresos".

Los informes a los que se refiere el apartado 1.c deberán de presentarse, en el momento del depósito de la tesis, con el anagrama y el sello de la Institución y la firma del experto:

  • Los documentos originales en papel en la Escuela de Doctorado.
  • Los documentos escaneados en formato pdf en la Aplicación de Gestión de Estudios de Doctorado.

 

10. Mención Doctorado Industrial en el título de Doctor

Se regula en el art. 15 bis en el R.D. 99/2011, de 28 de enero.

1.Se otorgará la mención “Doctorado Industrial” siempre que concurran las siguientes circunstancias:

a) La existencia de un contrato laboral o mercantil con el doctorando. El contrato se podrá celebrar por una empresa del sector privado o del sector público, así como por una Administración Pública.

b) El doctorando deberá participar en un proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental que se desarrolle en la empresa o Administración Pública en la que se preste el servicio, que no podrá ser una Universidad. El proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental en el que participe el doctorando tiene que tener relación directa con la tesis que realiza. Esta relación directa se acreditará mediante una memoria que tendrá que ser visada por la Universidad.

2. En el caso de que el proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental se ejecute en colaboración entre la Universidad y la empresa o Administración Pública en la que preste servicios el doctorando, se suscribirá un convenio de colaboración marco entre las partes. En este convenio se indicarán las obligaciones de la Universidad y las obligaciones de la empresa o Administración Pública, así como el procedimiento de selección de los doctorandos.

El doctorando tendrá un tutor de tesis designado por la Universidad y un responsable designado por la empresa o Administración Pública, que podrá ser, en su caso, Director de la tesis de acuerdo con la normativa propia del programa de doctorado.

3. Si se opta a la mención «Doctorado industrial», será necesario justificar los requisitos establecidos en el art. 15 bis del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero.

4. La justificación se hará mediante un informe del tutor designado por la Universidad de León y un certificado de la empresa o Administración en la que el doctorando haya estado prestando servicios en el que conste este extremo, además de su participación en un proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental directamente relacionado con su tesis.

La solicitud de mención "Doctorado Industrial" debe realizarse en el modelo establecidos en el apartado "Impresos".

 

11. Tesis en régimen de cotutela internacional

1. El art. 15.2 del R.D. 99/2011 establece que el título de Doctor incluirá en su anverso la diligencia “Tesis en régimen de cotutela con la Universidad …", siempre que concurran las siguientes circunstancias:

a) Que la tesis doctoral esté supervisada por dos o más doctores de dos Universidades, una española y otra extranjera, que deberán formalizar un convenio de cotutela.

b) Que, durante el periodo de formación necesario para la obtención del título de Doctor, el doctorando haya realizado una estancia mínima de seis meses en la institución con la que se establece el convenio, realizando trabajos de investigación, en un solo periodo o en varios. Las estancias y las actividades serán reflejadas en el convenio de cotutela.

2. Los convenios deberán tramitarse de acuerdo con lo establecido en el Reglamento para la tramitación y aprobación de Convenios por la Universidad de León.

3. Durante la vigencia del convenio, el doctorando deberá estar matriculado en doctorado en ambas universidades y contará con un director en cada una. La estancia mínima en cada institución llevando a cabo trabajos de investigación relacionados con la tesis será de seis meses, pudiendo realizarse en varios períodos. Esta estancia podrá ser utilizada para cumplir con el requisito para obtener la mención de «Doctor Internacional».

4. El doctorando al depositar la tesis debe seguir el procedimiento de cualquiera de las dos modalidades establecidas en esta normativa.

5. El acto de defensa de la tesis podrá ser único y celebrarse en cualquiera de las dos universidades o celebrarse en las dos si se especifica en el convenio el procedimiento.

6. El tribunal encargado de evaluar la tesis deberá contar con la aprobación de la Escuela de Doctorado si se defendiera en la Universidad de León o por el órgano equivalente de la otra Universidad si se defendiera en ella.

7. Si se defendiera únicamente en la otra universidad se remitirá un acta original de sus actuaciones al Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado y, al contrario, si se defendiera solamente en la Universidad de León.

8. Para que la tesis pueda optar a la mención cum laude en el caso de que no sea defendida en la Universidad de León, los convenios de cotutela deberán especificar cómo se garantizará el cumplimiento de los requisitos.

9. Asimismo, se regulará en el convenio, en el caso de la defensa única en la otra Universidad, que se garantice la comunicación a la Universidad de León de la Rama de Conocimiento en la que el nuevo Doctor puede solicitar el premio extraordinario.

10. Si se depositara la tesis en la Universidad de León, el doctorando, junto con el pdf de la tesis deberá aportar un certificado que justifique la estancia realizada.

11. El doctorando entregará en la Escuela de Doctorado una fotocopia del título emitido por la otra Universidad y enviará fotocopia compulsada a la otra Universidad del emitido en la de León.

12. La Escuela de Doctorado llevará un libro electrónico de registro de estas tesis.

 

12. Control de la originalidad de la tesis doctoral y respeto a la Normativa de Propiedad Intelectual e Industrial y en materia de plagio

Conforme a la Normativa de Derechos y Deberes de los Directores de Tesis, de los Tutores y de los Doctorandos, aprobada por el Consejo de Gobierno de 16 de julio de 2018, y conforme al Código de buenas Prácticas de la Escuela de Doctorado de la Universidad de León, los doctorandos, su tutor y directores y la Comisión Académica del Programa de Doctorado deben responder de la originalidad de la tesis doctoral y del respeto a los derechos de terceros.

Para ello, tienen a su disposición una herramienta en la moodle institucional, dentro de la plataforma ariadna.unileon.es, para la detección de plagio.

Para utilizar esta herramienta, el Director de la tesis deberá encargar una tarea al doctorando consistente en subir el PDF de la tesis al moodle, configurando el plazo de entrega, configurando el destino del informe que sale de turnitin, es decir si lo puede ver el director o también el alumno, estableciendo que el PDF subido por el alumno no se almacene en la base de datos porque, en otro caso, si se vuelve subir se detectaría un plagio con respecto al anterior PDF subido.

Los pasos a seguir por el director para la utilización de esta herramienta son:

  1. Acceder a la Moodle del Programa de Doctorado ariadna.unileon.es
  2. Activar edición.
  3. Seleccionar añadir una actividad o un recurso.
  4. Seleccionar Ejercicio 2 de Turnitin.
  5. Asignar un nombre al ejercicio Turnitin.
  6. En Opciones de Informes de Originalidad – Almacenar trabajos del estudiante, seleccionar No hay depósitos.
  7. Guardar cambios y regresar al curso.
  8. Seleccionar la entrada creada.
  9. Aparece el listado de estudiantes del Programa.
  10. Seleccionar la nube que aparece a la derecha del estudiante.
  11. Añadir el archivo PDF de la tesis en la ventana disponible al efecto.
  12. Seleccionar Agregar entrega y esperar los resultados.

Para obtener información más detallada, con las distintas opciones que permite el programa, se puede obtener un video tutorial en el siguiente enlace->

 

13. Depósito y exposición pública de la tesis doctoral

A. Para los doctorandos matriculados, por primera vez, en el curso académico 2016-2017 y anteriores:

El depósito de la tesis doctoral podrá realizarse de dos formas:

a) En formato electrónico.

a) En formato impreso en papel.

Para ambos casos, el plazo de exposición de la tesis será de 15 días naturales dentro del periodo lectivo.

Si la tesis se depositara en la modalidad de compendio de publicaciones o se quisiera obtener la mención “Doctorado Internacional” o la mención “Doctorado Industrial”, el doctorando presentará la documentación justificativa correspondiente.

B. Para los doctorandos matriculados, por primera vez, a partir del curso académico 2017-2018:

1. La tramitación se desarrollará electrónicamente, a través de la plataforma para la Gestión de los Estudios de Doctorado y comenzará con la subida a la misma por parte del doctorando, en formato PDF, de la memoria de la tesis, así como de la documentación necesaria para cada modalidad, para las tesis en que concurran circunstancias excepcionales de confidencialidad, para la obtención de una mención y, en su caso, para las tesis depositadas en régimen de cotutela.

2. Si el doctorando desea publicar su tesis doctoral bajo una licencia de derechos de autor, deberá indicarlo en el PDF incluyendo la referencia a dicha licencia en la portada, en la parte inferior izquierda.

3. Conforme a los artículos 3.4, 4.5, 5.3 y 23.2 de esta normativa, el doctorando subirá a la plataforma para la Gestión de Estudios de Doctorado, otro PDF en el que se recoja, además de lo dispuesto en el párrafo anterior, la parte de la tesis que se pueda publicar, sustituyendo las aportaciones y los artículos científicos por el resumen, y D.O.I u otro localizador similar en internet.

4. La Escuela de Doctorado podrá detener el procedimiento si se comprobase que no reúne algún requisito o falta alguna documentación, debiendo comunicárselo, si procede, a doctorando, comisión académica del programa, tutor y directores.

5. La tramitación continuará cuando se hayan resuelto las cuestiones que causaron la interrupción del procedimiento iniciado por el doctorando.

6. Los informes de especialistas sobre la tesis doctoral que las comisiones académicas deben recabar conforme al artículo 13.1, de la Normativa para la Defensa de la Tesis Doctoral en la Universidad de León, deberán emitirse en el plazo máximo de 30 días en los impresos que determine cada comisión académica, que podrán adoptar el modelo propuesto por la Escuela de Doctorado que se recoge en el apartado impresos.

Estos informes no son necesarios en las tesis doctorales en las que se solicite la mención "Doctorado Internacional".

La comisión académica remitirá a la Escuela de Doctorado los informes cumplimentados.

 

14. Procedimiento para realizar el depósito de la tesis doctoral en formato electrónico

El depósito de la tesis en formato electrónico se realizará utilizando la aplicación de gestión de estudios de doctorado: depósito de la tesis on line.

Dicha aplicación garantizará el cumplimiento de la autorización preceptiva de los directores y del órgano responsable en las condiciones exigidas por la legislación aplicable, así como la normativa de la Universidad. La aplicación informática permitirá el acceso a la tesis a los directores, a los doctores de la Universidad de León, a los miembros de la comisión académica del programa, así como a los miembros del tribunal, en los plazos adecuados para que puedan realizarse las acciones y tramitarse las autorizaciones pertinentes y para que se den los requisitos legales de publicidad.

A petición de cualquier miembro del tribunal, el doctorando deberá enviarle un ejemplar de la tesis en formato papel.

 

15. Procedimiento para realizar el depósito de la tesis doctoral en formato impreso

Solo puede utilizarse por los doctorandos matriculados, por primera vez antes del curso académico 2017-2018:

Para el depósito en formato papel, deberán encuadernarse dos ejemplares, mediante sistemas que no permitan sustituir o alterar las hojas que integran la tesis. Deberán encuadernarse con el informe del director-es de la tesis y la "admisión a trámite" de la comisión académica del programa de doctorado. Dichos ejemplares se entregarán a la comisión académica del programa de doctorado.

Durante el plazo de depósito, un ejemplar estará expuesto en la Escuela de Doctorado y otro en la comisión académica del programa de doctorado.

El doctorando hará llegar una copia de la tesis a cada uno de los miembros del tribunal.

Las autorizaciones e informes deben realizarse en los modelos establecidos en el apartado "Impresos".

 

16. Propuesta de expertos

Los directores de tesis deberán presentar para su aprobación por la comisión académica del programa, una propuesta de siete expertos en la materia, con indicación de sus datos y un listado de cinco méritos relevantes que avalen su idoneidad.

Todos los miembros del tribunal deberán pertenecer a universidades o instituciones de educación superior o de investigación. No obstante, con la debida justificación, hasta un máximo de un titular y un suplente podrán ejercer su profesión fuera de las instituciones mencionadas. A estos efectos, las instituciones sanitarias se considerarán no universitarias. En todo caso, en el tribunal siempre habrá una mayoría de miembros pertenecientes a universidades o instituciones de educación superior o de investigación.

Los miembros del tribunal no podrán pertenecer todos a la misma universidad o institución.

No podrán formar parte del tribunal el tutor ni los directores, salvo en los casos de tesis presentadas en programas de doctorado conjuntos o sujetos a convenios de cotutela con universidades extranjeras, según convenio.

No podrán formar parte del tribunal los familiares de hasta 2º de los directores de tesis.

No podrán formar parte del tribunal los coautores de la aportación en las tesis ordinarias, los expertos que hayan emitido los informes solicitados por la comisión académica del programa o por la Escuela de Doctorado, ni los que certifiquen las estancias o los que emitan los informes en las tesis con mención “Doctorado Internacional”.

Tampoco podrán formar parte del tribunal los coautores de las publicaciones en las tesis por compendio de publicaciones, para los doctorandos que se hayan matriculado, por primera vez, a partir del curso 2017/2018.

La propuesta de expertos debe realizarse en el modelo establecido en el apartado "Impresos".

 

17. Admisión a trámite de la tesis

Corresponderá a la Comisión Permanente del Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado, previo informe de la comisión académica del programa, admitir a trámite la tesis y elevar al Rector la propuesta de nombramiento del tribunal.

 

18. Constitución del tribunal

El tribunal que evaluará la tesis doctoral estará constituido por tres miembros titulares y dos suplentes, que deberán reunir los requisitos establecido en la normativa. Únicamente uno de los miembros del tribunal que se constituya para el acto de lectura y defensa de la tesis podrá pertenecer a la Universidad de León. De los dos miembros suplentes, sólo uno podrá pertenecer a la Universidad de León.

En los supuestos de doctorandos matriculados a partir del curso académico 2017-2018, los miembros del tribunal tienen que estar prestando servicios en su respectiva universidasd, centro o institución, y pueden ser eméritos. Con la debida justificción, hasta un máximo de un titular y un suplente podrán ejercer su profesión fuera de universidad o institución de educación superior o investigación.

El tribunal se constituirá con tres miembros. En ningún caso podrá actuar con menos. Si con anterioridad al acto de constitución hay bajas en el tribunal, entrarán a formar parte del mismo el primer o segundo suplentes, sucesivamente, a instancia del presidente del tribunal, que deberá notificar con anterioridad esta circunstancia a la Escuela de Doctorado.

Si la ausencia, por enfermedad u otra causa legal motivadora de imposibilidad de actuación de un miembro del tribunal, se produjera durante las 48 horas anteriores al acto de defensa de la tesis doctoral y el tribunal no pudiera constituirse, deberá ser fijada una nueva fecha para la lectura y defensa de la tesis doctoral.

El secretario comunicará, por escrito, a la Escuela de Doctorado, la fecha, lugar y hora de la defensa con quince días de antelación.

Normativa sobre indemnizaciones a miembros de tribunales de tesis

Las actas, informes y el resto de la documentación deben realizarse en los modelos establecidos en el apartado "Impresos".

 

19. Tesis por videoconferencia

Actuación uno o varios miembros del tribunal por videoconferencia

Deberá ser solicitada motivadamente por el director de la tesis y autorizada por la Escuela de Doctorado.

Cuando los costes derivados de las actuaciones presenciales de los miembros del tribunal excedan de lo estipulado presupuestariamente, la Comisión Permanente del Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado podrá determinar la actuación de uno o varios de los miembros por videoconferencia.

PROTOCOLO PARA LA DEFENSA DE TESIS POR VIDEOCONFERENCIA

 

20. Abono del precio público de la lectura de tesis

Antes de la defensa de la tesis el doctorando deberá realizar el pago correspondiente, en el número de cuenta de UNICAJA BANCO: UCJAES2M ES13 2103 4200 33 0032002531, debiendo presentar el justificante del ingreso en la Escuela de Doctorado.

 

21. Exposición y defensa de la tesis

Se realizará en sesión pública y consistirá en la exposición y defensa ante el tribunal del trabajo de investigación elaborado. Posteriormente, los miembros del tribunal emitirán su opinión sobre la tesis y se abrirá un turno de debate con el aspirante.

Los demás doctores presentes en el acto público podrán intervenir en el momento y forma que señale el presidente del tribunal.

Cada uno de los miembros del tribunal emitirá un informe razonado sobre la tesis.

En caso de participación de empresas en el proyecto de tesis, convenios de confidencialidad, posibilidad de patentes, a petición del director de la tesis, previa autorización de la comisión académica del programa de doctorado, podrán omitirse las referencias a dichos contenidos.

 

22. Evaluación y calificación de la tesis

La tesis doctoral se evaluará en el acto de defensa y se acordará la calificación global concedida a la tesis en términos de no apto, aprobado, notable, sobresaliente.

En los actos de defensa y lectura de tesis en los que el vocal del tribunal de la tesis intervenga mediante videoconferencia:

  • El secretario hará constar en el acta el nombre y apellidos del vocal y su voto para la calificación.

  • El Secretario se encargará de hacer llegar al vocal la documentación en papel correspondiente al informe y a la mención cum laude, guardando las necesarias precauciones para que el voto se efectúe de manera secreta.

El sobre con la papeleta del voto deberá ser introducido por el vocal en otro sobre que deberá ser remitido al Director de la Escuela de Doctorado, por correo certificado.

El doctorando que intervenga mediante videoconferencia recibirá por este medio la información que deba proporcionarle el tribunal, sin perjuicio de su remisión en papel.

Las solicitudes y documentación deben realizarse en los modelos establecidos en el apartado "Impresos".

 

23. Mención cum laude

A fin de determinar si la tesis doctoral recibe la mención cum laude, los miembros del tribunal emitirán su voto en secreto. Si un miembro actúa mediante videoconferencia, remitirá el voto por correo certificado dirigido a la Escuela de Doctorado.

 

24. Remisión de la documentación a la Escuela de Doctorado

Finalizado el acto de exposición y defensa de la tesis, el secretario del tribunal remitirá a la Escuela de Doctorado las actas, los informes y los sobres cerrados de la votación para la mención cum laude, así como los impresos de dietas y, si procede, las facturas o recibos de los gastos complementarios de los comisionados.

 

25. Archivo en formato electrónico de la tesis doctoral. Ficha TESEO

Conforme a la normativa vigente, una vez aprobada la tesis doctoral se archivará en el repositorio institucional BULERIA.

Asimismo, a través de la aplicación Teseo, se remitirá un ejemplar de la tesis en formato electrónico, así como toda la información complementaria que requiera el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

Los doctorandos deben entrar en dicha base de datos para darse de alta.

El autor con el visto bueno de los directores podrá solicitar del director de la Escuela de Doctorado el aplazamiento en la publicación de la tesis en el repositorio por motivos justificados o la omisión en el PDF de la memoria de los aspectos considerados sujetos a acuerdos de confidencialidad o protegibles mediante patente o como secreto industrial, tales como exigencias editoriales para la publicación de los resultados.

En todo caso, se remitirá al repositorio institucional el PDF subido a la aplicación de Gestión de Estudios de Doctorado, con la parte de la tesis no afectada por las circunstancias indicadas y que ya se pueda publicar, y, en su caso, sustituyendo las aportaciones a las que se refiere el artículo 3 de la Normativa para la Defensa de la Tesis Doctoral en la Universidad de León, o los artículos científicos, en las tesis que sigan la modalidad por compendio de publicaciones, por un resumen y el D.O.I u otro localizador similar en internet.

En las circunstancias contempladas en el artículo 14.6 del Real Decreto 99/2011 y en cualesquiera otras que ampare la legislación se seguirán los procedimientos habilitados por la Universidad de León que garanticen la no publicidad de los aspectos referidos a los convenios de confidencialidad con empresas o la generación de patentes que recaigan sobre el contenido de la tesis, la confidencialidad y el respeto a los derechos de autor.

La solicitud debe realizarse en el modelo establecido en el apartado "Impresos".

 

26. Publicación de la tesis en la Universidad de León

Para publicar la tesis doctoral en la Universidad de León, deberá contactar con el Servicio de Publicaciones ubicado en el Edificio de Servicios del Campus Universitario de Vegazana, tfno: +34 987 291168, mail:

recap@unileon.es.

 

27. Procedimiento para solicitar el título de doctor y el suplemento europeo al título (S.E.T)

El doctorando que obtenga la calificación de "aprobado", "notable" o "sobresaliente" en la defensa de su tesis doctoral deberá solicitar la expedición del título de Doctor y, voluntariamente, la expedición del suplemento europeo al título (S.E.T.). La primera expedición del S.E.T. es gratuita.

Normativa específica:

Las solicitudes deben realizarse en los modelos establecidos en el apartado "Impresos".

 

28. Procedimiento para solicitar el duplicado del título de doctor y/o del S.E.T.

Podrá solicitarse un duplicado por extravío, deterioro, sustracción, cambio de datos personales.

En el caso de extravío, es necesaria la publicación en el BOE, debiendo abonar el doctorando el importe de la misma.

Las solicitudes deben realizarse en los modelos establecidos en el apartado "Impresos".