Se inició en el curso 2009-10 como transformación del doctorado en “Tecnologías Agrarias”. Extinguiéndose el doctorado antiguo (Tecnologías Agrarias) ese mismo curso.

Procedimiento de adaptación de los estudiantes procedentes de enseñanzas anteriores:

  • En el programa de doctorado en el que se integrará el presente máster en investigación los estudiantes que hayan obtenido el DEA del doctorado de “Tecnologías Agrarias” podrán iniciar la realización de su tesis doctoral.
  • En caso de no obtener el DEA, el período de investigación del doctorado de “Tecnologías Agrarias” supondrá el reconocimiento del trabajo Fin de Máster.
  • En caso de haber superado en el doctorado de “Tecnologías Agrarias” el período de docencia completo, se reconocerán 20 créditos de materias optativas de la intensificación más afín a las asignaturas cursadas por el alumno. Esta decisión según indica la norma de reconocimiento y transferencia de créditos de la Universidad será tomada por la Comisión de Reconocimiento y Transferencia de Créditos de la Universidad a propuesta de la Comisión de Estudios de Posgrado, previo informe de la Comisión del Máster en Investigación en Ingeniería de Biosistemas Agrarios.
  • Cuando los nuevos estudiantes cuenten con el DEA, con el período de investigación o con el de docencia, de otro doctorado conforme al Real Decreto 778/1998, la Comisión del Máster en Investigación valorará aplicar los principios anteriores y emitirá un informe a la Comisión de Estudios de Posgrado para que haga la correspondiente propuesta a la Comisión de Reconocimiento y Transferencia de Créditos de la Universidad.
  • Cuando los nuevos estudiantes hayan superado un máster conforme al Real decreto 56/2005 o 1393/2007, directamente relacionado con la ingeniería agraria o de biosistemas, la Comisión del Máster valorará aplicar los principios anteriores y emitirá un informe a la Comisión de Estudios de Posgrado para que haga la correspondiente propuesta a la Comisión de Reconocimiento y Transferencia de Créditos de la Universidad.
  • En el resto de casos será de aplicación la normativa de reconocimiento y transferencia de créditos de la Universidad.

Volver